#Noticias || El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundadas las demandas que buscaban anular la Ley 32107, confirmando que esta norma se mantiene vigente y es constitucional. La ley establece que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra solo se aplicarán a los hechos ocurridos a partir del 1 de julio de 2002, cuando Perú adoptó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Los magistrados no lograron alcanzar los cinco votos necesarios para declararla inconstitucional; cuatro votaron a favor de su validez con criterios interpretativos y tres a favor de su nulidad.

La decisión se fundamenta en que la normativa internacional prohíbe castigar conductas que no eran delito o no estaban claramente definidas en el momento en que se cometieron. Para hechos previos a esa fecha, se aplican las normas y plazos de prescripción del Código Penal de 1991. El TC también instó al Congreso a modificar el Código Penal para incorporar de manera clara y formal la figura del delito de lesa humanidad, asegurando todos sus elementos para futuras investigaciones y juicios.




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