#Noticias || #Actualidad || “FERIADOS DE FIN DE AÑO: LO QUE EMPLEADORES Y TRABAJADORES DEBEN SABER SOBRE DÍAS LIBRES Y PAGOS EN DICIEMBRE”

De acuerdo con la normativa laboral vigente en el Perú, el 25 de diciembre (Navidad) y el 1 de enero de 2026 (Año Nuevo) son feriados nacionales obligatorios y remunerados, lo que implica que los trabajadores tienen derecho a descanso con pago normal incluso si no laboran, y quienes presten servicios esos días deben recibir una remuneración triple o descanso sustitutorio, conforme al artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 713.

Por otra parte, el 24 y 31 de diciembre no han sido declarados feriados ni días no laborables para el año 2025, por lo que son jornadas laborales comunes, salvo que empleadores y trabajadores acuerden concederlos como días libres compensables. Además, el Gobierno declaró el viernes 26 de diciembre de 2025 y el viernes 2 de enero de 2026 como días no laborables compensables para el sector público, lo que generará un feriado largo alrededor de Navidad y Año Nuevo; en el sector privado esta medida aplica solo si existe acuerdo entre empleador y trabajador.

Para evitar conflictos o sanciones administrativas, especialistas recomiendan comunicar y registrar por escrito las condiciones sobre días no laborables y compensaciones, planificar la recuperación de horas según lo requiera cada empresa y verificar que los pagos por feriados se realicen correctamente en las boletas de pago, especialmente en estas fechas de alta actividad laboral y comercial.




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